Artículo 68.- Al inicio de cada ejercicio fiscal, la Comisión emitirá de manera detallada los lineamientos de racionalidad y austeridad para la ejecución del gasto público.
Artículo 68
TITULO QUINTO DEL CONTROL DEL GASTO PUBLICO
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.
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