Artículo 9.- Los miembros de la Comisión tendrán las siguientes atribuciones:
I.- El Presidente tendrá las siguientes atribuciones: a).- Convocar y presidir las reuniones de la Comisión; b).- Dirigir y moderar los debates durante las sesiones de la Comisión; c).- Informar al Titular del Ejecutivo las resoluciones y recomendaciones de la Comisión; y d).- Citar a reuniones extraordinarias cuando así se justifique.
II. Al Secretario de la Comisión le corresponderá: a).- Examinar la congruencia entre las políticas de gasto y financiamiento con los acuerdos de la Comisión; b).- Propiciar la comunicación permanente entre la Comisión y los Titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública; c).- Apoyar al Presidente de la Comisión, en el cumplimiento de los acuerdos que emita esta última;
III. Al Prosecretario Técnico le corresponderá: a).- Apoyar los trabajos de la Comisión; b).- Formular las actas de las sesiones y establecer el registro y seguimiento de los acuerdos que en ellas se adopten; c).- Cuidar que la documentación correspondiente a los asuntos a tratar en las sesiones, sea entregada a sus miembros con una antelación no menor de tres días hábiles al día de la sesión;
IV. Indistintamente, los demás integrantes de la Comisión tendrán las siguientes obligaciones y facultades: a).- Asistir a las sesiones de la Comisión cuando sean convocados; b).- Elaborar los estudios y proyectos correspondientes al ámbito de su competencia, cuya instrumentación, una vez aprobados por la Comisión, será de su responsabilidad; c).- Presentar a la Comisión la información necesaria para la evaluación de los asuntos de su competencia; d).- Dictar a las instancias responsables las medidas para resolver los asuntos que sean sometidos a la consideración de la Comisión; e).- Emitir su opinión, y en su caso su conformidad, respecto de los asuntos tratados en las sesiones; y f).- Designar, por acuerdo de los integrantes de la Comisión, a los servidores públicos capacitados para la integración de las subcomisiones, comités técnicos y grupos de trabajo, que en su caso se establezcan.