Artículo 93.- La celebración de los convenios o acuerdos señalados en el artículo anterior, se suscribirán entre los Titulares del Ejecutivo de los dos niveles de Gobierno.
Artículo 93
TITULO OCTAVO DE LA COORDINACION ESTATAL HACENDARIA
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.
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