Artículo 25. Las autoridades fiscales tendrán las atribuciones y obligaciones que establece el Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz en materia de:
I. Requisitos de los actos y procedimientos administrativos;
II. Procedimiento administrativo ordinario;
III. Procedimientos administrativos especiales de: visitas de verificación, visitas domiciliarias, control de obligaciones y determinación presuntiva;
IV. Procedimiento administrativo de ejecución, y
V. Recurso de Revocación y demás medios de impugnación.