Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 2

TITULO PRIMERO · CAPITULO UNICO DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 2°. Los municipios del Estado de San Luis Potosí administrarán libremente su hacienda pública, y dispondrán de su patrimonio con las únicas limitaciones que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de marzo de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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