Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 64 BIS

TITULO TERCERO DE LOS DERECHOS · CAPITULO II DE LOS DERECHOS EN PARTICULAR

ARTICULO 64 BIS. El servicio de ocupación de la vía pública consiste en la expedición de licencias o permisos para el uso, explotación u ocupación de la misma, mediante la instalación de objetos e infraestructura subterránea, aérea y terrestre, ajenos a la propiedad municipal.

(REFORMADO, P.O. 12 DE FEBREO DE 2011)

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de marzo de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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