Artículo 4º. Los mecanismos alternativos previstos en esta Ley son independientes a la jurisdicción y competencia de los órganos jurisdiccionales del Estado, y tienen como propósito auxiliarlos en la resolución de conflictos.
Artículo 4
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de septiembre de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.