Artículo 230. El SITMA tendrá un sistema de recaudación, distribución y dispersión centralizado, independientemente de las formas de pago, el cual será administrado a través de fideicomiso.
El sistema de recaudación deberá de considerar la información generada por las herramientas utilizadas en el control de la flota vehicular y el movimiento de usuarios resultado de la prestación del servicio, para la correcta distribución y dispersión de los recursos conforme a los lineamientos operativos y de calidad del servicio establecidos por el Comité Técnico de Operación y Control del SITMA.