Artículo 325. En las vías de dos o más carriles de un mismo sentido, toda persona conductora deberá mantener su vehículo en un solo carril, podrá cambiar a otro con la precaución debida haciéndolo en forma escalonada de carril en carril.
Las luces direccionales deberán emplearse para indicar cambios de dirección, paradas momentáneas o estacionamientos de emergencia, también podrán usarse como advertencia debiendo preferirse en estas últimas situaciones las luces intermitentes de destello.