Artículo 57. La ciudadanía podrá participar en el diseño de las políticas públicas en la materia, para tales efectos las autoridades estatales y municipales organizarán foros de consulta y evaluaciones del desempeño, a partir de los cuales se determinen las áreas que son prioritarias para su atención o mejora, de acuerdo con los intereses específicos de la población. En cualquier tiempo, a través del Observatorio Ciudadano, los particulares y las asociaciones de profesionistas, organizaciones civiles o grupos interesados, podrán presentar proyectos de mejora o propuestas en materia de movilidad para ser consideradas por las autoridades correspondientes.
La Agencia analizará la viabilidad de dichas propuestas y en caso de ser oportunas, podrá incluirlas en la planeación de la movilidad. En todo caso, las sugerencias u opiniones no serán vinculantes para la autoridad ni crearán derechos de ninguna clase a favor de los particulares proponentes.