Artículo 67. La organización y funcionamiento de la Agencia, se regirán por la Ley, por el Reglamento y por las demás disposiciones legales y administrativas aplicables.
Artículo 67
TÍTULO TERCERO AGENCIA DE MOVILIDAD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES · CAPÍTULO IV
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoags.gob.mx.
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