ARTÍCULO 10.- Los principios rectores en materia de movilidad serán los que, de manera enunciativa más no limitativa, se enlistan a continuación:
I. Sostenibilidad: La movilidad deberá procurar el menor daño ambiental, lo que resultará en proteger al ambiente y al sistema climático, en cumplimiento del derecho de todas las personas a un medio ambiente sano para su pleno desarrollo y bienestar y del derecho a un desarrollo sostenible. Se deberá conservar una calidad del aire aceptable para la salud de las personas mediante la reducción y control de emisiones, el uso de tecnologías limpias y energías alternativas a las de origen fósil. Las políticas de movilidad se orientarán a garantizar la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes sin poner en riesgo aquellas de las generaciones futuras, observando el principio de precaución ambiental. 14
II. Seguridad: Se deberá garantizar que todas las personas tengan acceso a una movilidad segura, privilegiando la implementación de un sistema seguro para la prevención y control de accidentes de tránsito y actos delictivos que deriven en muertes y lesiones durante los desplazamientos de la población, con el fin de proteger la vida y la integridad física, así como evitar la afectación a los bienes públicos y privados. La movilidad segura incluye los siguientes aspectos: A. Seguridad vial: Se deberá proteger la vida y la integridad física de las personas en sus desplazamientos bajo el principio de que todo accidente de tránsito es prevenible, mediante un diseño vial de espacios seguros bajo criterios de accesibilidad universal que promueva el uso cordial, pacificado y responsable de la vía pública. Se deberá diseñar un entorno tolerante al error humano que disminuya la probabilidad de accidentes que causen lesiones o muerte, responsabilidad compartida entre el diseño del espacio público y las personas conductoras de los distintos modos de movilidad y sus usuarios. Los modos de movilidad deberán ser más seguros y mejorarse los servicios de atención médica prehospitalaria e intrahospitalaria por accidentes de tránsito. B. Seguridad pública: Se debe garantizar la reducción de la incidencia delictiva en el desarrollo de la movilidad a fin de evitar la necesidad de cambiar los hábitos de movilidad de las personas. La movilidad debe ser libre de acoso y violencia, especialmente en el caso de las mujeres y personas de grupos en situación de vulnerabilidad. Se propiciará un entorno de movilidad: funcional, estético y atractivo, que aumente la afluencia, actividad y convivencia de las personas en el tejido social.
III. Eficiencia: Se deberán maximizar los desplazamientos ágiles y asequibles, optimizando los recursos disponibles sin que su diseño y operación produzcan externalidades negativas desproporcionadas a sus beneficios.
IV. Calidad: Se deberá proporcionar valor y óptimo funcionamiento en la movilidad mediante el cumplimiento de los requerimientos, necesidades y expectativas de los usuarios. La movilidad deberá contar con la capacidad para satisfacer a los usuarios, y su beneficio, así como con los aditamentos aceptables para una adecuada experiencia de movilidad, ofreciendo un espacio apropiado y confortable para las personas.
V. Intermodalidad o multimodalidad: Alternativa, conjunción y articulación de los diversos modos de movilidad. Se deberá ofrecer a los diferentes grupos de usuarios opciones de movilidad y modos de transporte integrados, que proporcionen disponibilidad, eficiencia, interconexión/ interconectividad y cobertura. Se deberán articular los modos de transporte interurbanos a fin de garantizar la movilidad de carga y personas en comunidades remotas o no urbanas.
VI. Resiliencia: La movilidad deberá contar con capacidad para soportar casos fortuitos o de fuerza mayor, y una recuperación de bajo costo para la sociedad y el medio ambiente, a través de la preservación y restauración de sus estructuras básicas y funcionales. Se propiciará el fortalecimiento de todas las 15 instituciones y medidas de prevención, mitigación, atención y adaptación que tengan por objetivo proteger a las personas y su patrimonio, frente a los riesgos naturales y antropogénicos en la movilidad para lograr una mejor protección futura y medidas de reducción de riesgos.