ARTÍCULO 123.- El componente del transporte se clasifica en: I) La movilidad en el estado se clasifica en: A) Movilidad No Motorizada y Activa 1. Peatones 2. Ciclistas, Patinetas, Scooters, activas y eléctricas 3. Bicitaxis B) Movilidad Motorizada
I. Transporte de pasajeros 1. Público: a) Masivo; b) Colectivo; c) Individual; y d) Mototaxi. 2. Mercantil: a) Escolar; b) De personal; c) Turístico; y d) Especializado en todas sus modalidades. 3. Privado: a) Escolar; b) De personal; c) Turístico; d) Especializado en todas sus modalidades; y e) Seguridad Privada. 4. Particular o privado:
II. Transporte de carga 1. Público: a) Carga en general; y b) Grúas de arrastre o salvamento. 65 2. Mercantil: a) De valores y mensajería; b) Carga de sustancias tóxicas o peligrosas; c) Grúas de arrastre o salvamento; y d) Carga especializada en todas sus modalidades. 3. Privado: a) Para el servicio de una negociación o empresa; b) De valores y mensajería; c) Carga de sustancias tóxicas o peligrosas; d) Grúas de arrastre o salvamento; y e) Carga especializada en todas sus modalidades. 4. Particular o privado. II) Concesiones y Permisos. El transporte de personas en cualquier zona del territorio del Estado a cambio de un precio o tarifa constituye un servicio público para cuya prestación se requiere de una concesión o permiso otorgados conforme a la presente Ley y los artículos contenidos en el reglamento de Transporte del Estado de Campeche. III) Tarifas y peajes. Los usuarios del servicio de transporte público están obligados a realizar el pago de una tarifa por la obtención de ese servicio. La política tarifaria deberá establecer la estructura de financiamiento de los servicios de transporte público en sus diferentes modalidades, considerando que el ingreso proviene del usuario, actores privados y públicos que contribuyen a la provisión del servicio, buscando el mayor beneficio, calidad y equidad en el precio de los mismos. De igual forma, en todo momento se buscará considerar el componente social para la asequibilidad del servicio público, principalmente en los grupos de personas usuarias que se encuentran en grupos en situación de vulnerabilidad económica y/o social. Las tarifas de transporte público de pasajeros en todas sus modalidades, serán determinadas por la Junta de Gobierno de la Agencia Reguladora del Transporte del Estado de Campeche. IV) Intercambio modal. El cambio de un modo de transporte urbano a otro, que realiza una persona para continuar con un desplazamiento se denomina transferencia modal, la cual podrá llevarse a cabo en los Centros de Transferencia Modal caracterizados por ser espacios físicos que 66 cuentan con infraestructura, equipamiento auxiliar de transporte urbano y en zonas fuera del centro población urbano. El objetivo principal del reparto modal es ofrecer a las personas usuarias acceso, disponibilidad, velocidad, densidad y efectividad de los servicios y modos de transporte con que cuenta la Entidad. V) Equipamiento auxiliar. El equipamiento auxiliar se conforma de los accesorios directos e indirectos que resulten complementarios a la prestación del servicio de transporte público de pasajeros y de carga, que sean susceptibles de permiso o autorización por parte de la autoridad de la movilidad. VI) Incorporación tecnológica. Para la integración / operación del Sistema de Movilidad Integrada se podrán emplear soluciones apoyadas en tecnología para almacenar, procesar y distribuir información que permita contar con nuevos sistemas, aplicaciones y servicios que contribuyan a una gestión eficiente, tendiente a la automatización, así como a la reducción de las externalidades negativas de los desplazamientos. En el caso del cobro tarifario por medio de los sistemas de recaudo basados en tecnología, la Agencia Reguladora del Transporte del Estado de Campeche definirá las especificaciones que deberán contener los equipos del sistema de cobro. Nota: Numeral 1 de la fracción I del inciso B) del apartado I, el apartado III y el apartado VI reformados por Decreto Núm. 26, P.O.E. No. 2320, Cuarta Sección, de fecha 26/diciembre/2024.