Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 56

Artículo 56. Programas estatales de inversión. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, con competencia en materia de movilidad, clasificarán e incorporarán en la ejecución de sus programas de inversión y obras de equipamiento, infraestructura para la movilidad, los principios y las políticas establecidas en esta Ley.

4.4 Instrumentos de Participación.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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