Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 86

Artículo 86. Contenido de los estudios técnicos.

Los estudios técnicos deberán contener como mínimo, de acuerdo con la naturaleza de la obra en materia de movilidad y seguridad vial, los siguientes enfoques:

I. Accesibilidad.

II. Eficiencia.

III. Seguridad.

IV. Movilidad Limpia.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.