Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Chiapas · Chiapas

Artículo 24

TÍTULO TERCERO DE LA MOVILIDAD Y EL SERVICIO DE TRANSPORTE · CAPÍTULO I DE LOS SUJETOS DE LA MOVILIDAD, SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES

Artículo 24.- Los usuarios del servicio de público (sic) transporte tienen derecho a:

I. Recibir un servicio de calidad, en forma permanente, regular, continua, uniforme e ininterrumpida y en las mejores condiciones de accesibilidad, higiene, seguridad, comodidad y eficiencia.

II. Recibir por parte del operador un trato digno y respetuoso.

III. Pagar conforme a la tarifa o el sistema de cobro que se encuentren autorizados y, en su caso, exigir el comprobante respectivo.

IV. Gozar de la tarifa preferencial cuando se encuentren en el supuesto establecido en la normatividad de la materia.

V. Tratándose de personas con movilidad reducida o discapacidad, a que se les respeten los lugares y accesos destinados para ellas, así como disponer del tiempo y ayuda para su ascenso, colocación y descenso.

VI. En caso de siniestro, recibir atención médica inmediata e indemnización por las lesiones causadas en su persona y daños en sus bienes.

VII. Conocer la autoridad competente, el domicilio y los medios donde podrá interponer denuncias, quejas y sugerencias. La Secretaría y el concesionario o permisionario se asegurarán de la satisfacción de este derecho. 22

VIII. Conocer los datos del operador a través del Certificado de Aptitud, el cual deberá ser colocado en un lugar visible del vehículo y será de un tamaño que permita su lectura a distancia.

IX. Tener conocimiento de las características de operación del servicio de las distintas modalidades.

X. Exigir a los operadores que cumplan las disposiciones de esta Ley y el Reglamento.

Los usuarios del servicio de transporte en la modalidad especial tienen, en lo que resulte procedente, los mismos derechos.

Última reforma de esta ley incorporada: 5 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicialchiapas.gob.mx.

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