ARTÍCULO 185. Los usuarios de la tarifa preferencial podrán hacer válido su descuento presentando la documentación que en cada caso se señala a continuación:
I. Estudiantes: con la credencial vigente de la institución educativa a la que pertenezcan;
II. Adultos mayores: con la credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;
III. Personas con discapacidad: credencial expedida por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y Protección de Derechos del Estado de Coahuila de Zaragoza o institución oficial de salud o seguridad social;
(REFORMADA, P.O. 22 DE OCTUBRE DE 2019)
IV. Los niños y niñas menores de doce años: credencial emitida por parte del municipio a través de la dependencia encargada del transporte.
(REFORMADO, P.O. 22 DE OCTUBRE DE 2019)