ARTÍCULO 37 . Las solicitudes que se presenten al Organismo Regulador para la obtención de la concesión para la prestación y operación del Servicio Público de Transporte Masivo de Pasajeros, deberán contener:
I. Las características de los vehículos que destinará a la prestación del servicio;
II. Razón y denominación social, nacionalidad y domicilio social;
III. Declaración bajo protesta de decir verdad, manifestando si es titular de una o más concesiones;
IV. Precisar los puntos correspondientes a la ruta, el Municipio o los Municipios que comprenda;
V. La mención de los seguros que se obliga a contratar siendo como mínimo: a) Seguro de responsabilidad civil; b) Seguro contra todo riesgo para cada vehículo;
VI. Lugar y fecha en que se formula la solicitud, firmando el documento el representante legal de la persona moral solicitante;
VII. Los demás requisitos que se señalen en el Reglamento o normas que expida la Secretaría a través del Organismo Regulador. 20