Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima · Colima

Artículo 188

TÍTULO III SISTEMA DE MOVILIDAD Y SUS ACTORES · CAPÍTULO IV DEL SISTEMA ESTATAL DE INFORMACIÓN DE TRANSPORTE

Artículo 188. Publicación de información y datos abiertos

1. Deberán inscribirse en el Registro de Información y Datos Abiertos los siguientes elementos:

I. La descripción del trazo e itinerario de rutas y ramales de transporte público;

II. Reporte de concesiones y permisos para transporte público; y

III. La demás información que se determine en la presente Ley y su Reglamento respectivo.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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