Artículo 196. Composición del Sistema de Transporte Público
1. El Sistema de Transporte Público es el conjunto de elementos y recursos relacionados e integrados, cuya estructura e interacción permiten el desplazamiento de personas, bienes y todos aquellos que se relacionen directa o indirectamente con la movilidad.
2. El Sistema de Transporte Público está compuesto por:
I. El Sistema de Transporte Público Convencional: Se constituye por todos los servicios de transporte de pasajeros sobe los cuales ejerce su competencia la Secretaría en el territorio Estatal y opera a través de rutas que de manera individual satisfacen un origen y destino de la zona urbana, suburbana, por el que los usuarios pagan por cada viaje la tarifa establecida y los ingresos de los 166 concesionarios o permisionarios se basa en el número de pasajeros transportados; y
II. El Sistema Integrado de Transporte Público Regional: Tiene como finalidad la integración y coordinación de las diferentes modalidades de servicio, facilitando al usuario y pasajero una movilidad sin interrupciones que supere las diferentes competencias administrativas y con la máxima calidad que la actual tecnología de transporte puede ofrecer.
3. Las autoridades en materia de transporte, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán llevar a cabo las acciones legales, administrativas y de operación necesarias para que el Sistema de Transporte Público Convencional se integré completamente al Sistema Integrado de Transporte Público Regional.