Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima · Colima
Artículo 211
TÍTULO IV SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS · CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES
Artículo 211. Características del Transporte Público
1. El Sistema de Transporte Público se prestará en autobuses cerrados. Sus características específicas serán fijadas por la Secretaría y las normas técnicas correspondientes; estará sujeto a itinerario y paradas preestablecidas.
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.
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