Artículo 226. Medio de recaudo para el Sistema Integrado
1. Independientemente de los sistemas de pago que se determinen para cada una de las modalidades de transporte público, de acuerdo al artículo 215, el Sistema Integrado deberá tener un mecanismo de recaudación centralizado gestionado a través de un Fideicomiso privado, coordinado por la Secretaría.
2. El sistema de recaudo centralizado deberá estar acompañado de las herramientas necesarias para el monitoreo y control de la flota vehicular y el movimiento de pasajeros dentro del sistema y la información y servicio al usuario, a través de plataformas tecnológicas que suministren la información a la Secretaría, a los operadores y a los usuarios del sistema.