Artículo 247. Participación del usuario en la evaluación del Sistema
1. La Secretaría deberá buscar los mecanismos necesarios para facilitar a los usuarios las denuncias de cualquier irregularidad en la prestación del servicio de transporte público. Para ello, se deberán observar los principios de oportunidad, imparcialidad, integridad y gratuidad, otorgando atención al quejoso e informando sobre las resoluciones adoptadas. 181
2. Los servicios del Sistema como parte de las características de servicio, se vinculan a las opciones de interlocución entre el usuario y la autoridad reguladora.
3. Los servicios de taxi y taxi mixto tienen la opción de emitir cualquier opinión del servicio a través de redes sociales y vía telefónica; mientras que los servicios estándar, ejecutivo público y ecológico ofrecen a través de la aplicación de telefonía móvil, el acceso a páginas de reportes específicos.