Artículo 249. Funcionamiento del Sistema de Transporte Público Individual No Motorizado
1. El Sistema de Transporte Público Individual No Motorizado funcionará mediante una tarjeta de identificación intransferible que permite a la persona inscrita acceder a una bicicleta del programa dentro del horario establecido y bajo las especificaciones de uso. Las especificaciones para la inscripción, tarifas, cobros y todo aquello relacionado con las condiciones de uso y aprovechamiento del sistema se determinarán por parte de la Secretaría.
2. Las ciclo estaciones estarán dispuestas dentro del polígono de intervención y contarán con bicicletas y candados que permitirán el uso del sistema.
3. El Sistema de Transporte Público Individual No Motorizado será también conocido como Sistema de Bicicletas Públicas.