Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima · Colima

Artículo 260

TÍTULO IV SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS · CAPÍTULO III DEL TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL NO MOTORIZADO

Artículo 260. Modelo de Pago y Remuneración por el Servicio

1. La forma de pago de los usuarios será mediante una tarjeta de pago o prepago que contará con la información del propietario y será intransferible. En caso que se cuenten con instalaciones que permitan el pago en efectivo, la empresa operadora proporcionará los instrumentos, accesorios, dispositivos y medios de seguridad para garantizar el pago y reflejo inmediato en la cuenta del usuario, mostrando en tiempo real las operaciones realizadas.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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