Artículo 292. Representación 203
1. Los interesados en aplicar a las convocatorias para el otorgamiento de concesiones, contrato de operación y permisos, deberán realizar los trámites personalmente en el caso de personas físicas, y en el caso de personas morales podrán ser representados en la forma que establezcan los reglamentos respectivos o en su caso, la convocatoria y las bases.