ARTÍCULO 74. Las autoridades estatales y municipales en materia de movilidad y seguridad vial promoverán esquemas de participación con el sector social y privado a efecto de construir propuestas en material de movilidad y seguridad vial, y establecer un sistema de movilidad basado en soluciones colectivas, para lo cual podrán realizar las siguientes acciones: 43
I. Celebrar convenios de concertación con universidades, centros de investigación y colegios de profesionistas, en materia de movilidad y seguridad vial, con la finalidad de realizar diagnósticos, promover la integración de cátedras de investigación, elaborar estudios y proyectos, implementar actividades de formación de capital humano y generar espacios consultivos en la materia;
II. Difundir, publicar y mantener actualizada toda la información generada por el programa respectivo de movilidad y seguridad vial;
III. Promover la creación de instancias estatales, metropolitanas y municipales de participación respecto a las políticas de movilidad y seguridad vial, como espacios de deliberación entre gobiernos estatal y municipales, la sociedad civil y sector privado;
IV. Impulsar de manera anual, en el mes de mayo, actividades durante la Semana de la Paz Vial en Durango, en conmemoración a la Semana Mundial de las Naciones Unidas para la Seguridad Vial, con el objeto de promover calles accesibles, sanas, ecológicas habitables, saludables, seguras y en paz, las cuales podrán consistir en campañas de educación y concientización; y
V. Celebrar convenios con las asociaciones empresariales en el Estado, así como con instituciones educativas de nivel superior, en materia de tecnologías de la información y la comunicación, con el fin de fomentar la investigación y desarrollo tecnológico de aplicaciones y apoyos técnicos que favorezcan la accesibilidad en la movilidad, en sus diferentes modalidades.