ARTÍCULO 8. Las autoridades estatales en coordinación con las municipales, deberán realizar programas y campañas, a través del Sistema Estatal para fomentar una nueva cultura de movilidad segura, activa y corresponsable, a fin de 11 promover la seguridad vial y la prevención de siniestros de tránsito, el uso de dispositivos seguros como el casco, sistemas de retención infantil y el cinturón de seguridad; así como para evitar manejar bajo el influjo del alcohol o cualquier droga, psicotrópico o estupefacientes y hablar por celular mientras se conduce.
Además, promoverán la formación de una conciencia social sobre el uso del espacio público, de los problemas peatonales y viales y la realización de actividades colectivas para la solución de los mismos.