Artículo 13. Reglamento Interior del Comité Estatal de Movilidad. La organización y funcionamiento del Comité se regulará en el Reglamento Interior que al efecto se expida.
Artículo 13
TÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO CUARTO DEL COMITÉ ESTATAL DE MOVILIDAD
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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