Ley de Transporte y Vialidad del Estado de Guerrero · Guerrero

Artículo 102

CAPITULO X DE LA VIALIDAD

ARTICULO 102. - La Secretaría General de Gobierno propondrá las obras que requiere la vialidad y la ingeniería de tránsito a las autoridades estatales o municipales competentes. 48

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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