ARTICULO 65. - Las sociedades concesionarias o las que formen los titulares de concesión son responsables solidarios con los socios del cumplimiento de sus obligaciones con apego a esta Ley.
Artículo 65
CAPITULO VII DE LAS CONCESIONES Y PERMISOS
Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
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