Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 215

TÍTULO SEXTO DE LAS CONCESIONES, PERMISOS, AUTORIZACIONES, CONVENIOS Y CONTRATOS PARA EL · CAPITULO VII DEL OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARA LOS

Artículo 215. Serán improcedentes las solicitudes de permiso, en los siguientes casos:

I. Cuando el solicitante sea extranjero o cuando, habiendo solicitado el trámite como mexicano, cambie de nacionalidad;

II. Cuando hayan sido tramitadas con documentos alterados o información falsa; y

III. Cuando no cumplan las disposiciones establecidas por esta Ley y demás disposiciones legales aplicables.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de abril de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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