Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 249

TÍTULO SEXTO DE LAS CONCESIONES, PERMISOS, AUTORIZACIONES, CONVENIOS Y CONTRATOS PARA EL · CAPITULO XII DE LA RENOVACIÓN DE LAS CONCESIONES, PERMISOS Y AUTORIZACIONES

Artículo 249. La renovación queda sujeta a las disposiciones de la Autoridad Competente atendiendo a cada uno de los supuestos siguientes: 84

I. Subsistan las causas que dieron origen al servicio y se cumpla con los requisitos y obligaciones bajo las cuales se otorgó la concesión, el permiso, la autorización, convenio o contrato;

II. Se mantenga la demanda de manera tal que no signifique la supresión de la ruta, vía, lugar o servicio para la que fue otorgada;

III. El objeto social, en caso de personas morales, no se haya modificado;

IV. Durante su vigencia el titular o los administradores, apoderados legales de las sociedades y los socios, no hayan sido condenados por sentencia ejecutoriada por la comisión del delito de ataques a las vías de comunicación o por delitos graves cometidos en su calidad de concesionarios, permisionarios, contratantes o de personas autorizadas de cualquier forma para llevar a cabo los servicios materia de esta Ley;

V. El titular justifique estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales;

VI. El titular no haya incurrido en actos de competencia desleal o ruinosa;

VII. Durante su vigencia el titular no haya incurrido en el ejercicio de prácticas monopólicas;

VIII. El titular no haya incurrido o participado en la comisión de algún delito, en términos del Código Penal vigente;

IX. El titular no haya cambiado la nacionalidad mexicana;

X. El titular haya efectuado el servicio con eficiencia;

XI. El concesionario hubiere utilizado unidades autorizadas para el servicio, de acuerdo a la capacidad, peso y volumen que le fueron requeridas;

XII. De manera ininterrumpida, el titular haya mantenido vigente el seguro respectivo;

XIII. El titular hubiere realizado las inversiones en los Servicios Auxiliares y Conexos, que se le señalaron al momento de otorgar la concesión o permiso; y

XIV. El titular se hubiere distinguido por su colaboración en caso de desastres naturales y apoyo a la sociedad a través de los programas sociales implementados por la autoridad.

La solicitud de renovación no podrá solicitarse sin que se cumpla los supuestos previstos en las fracciones que anteceden o cuando exista disposición expresa señalada en esta Ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de abril de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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