Artículo 30. El Dictamen del Estudio de Impacto en la Movilidad tiene por objeto evaluar y dictaminar las posibles influencias o alteraciones generadas por la realización de obras y actividades privadas dentro del territorio del Estado de Hidalgo, sobre los desplazamientos de personas y bienes, a fin de establecer las medidas adecuadas para evitar o reducir los efectos negativos sobre la calidad de vida y la competitividad urbana.
Artículo 30
TITULO CUARTO DEL SISTEMA DE MOVILIDAD · CAPITULO V DEL ESTUDIO DE IMPACTO EN LA MOVILIDAD
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de abril de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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