Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 228

TÍTULO NOVENO

Artículo 228. Factores de riesgo. 1. Las autoridades competentes del orden municipal deberán reglamentar las acciones que permitan identificar y reducir los factores de riesgo asociados al desplazamiento en el entorno escolar. Para ello podrán emitir, en coordinación con las autoridades competentes del orden estatal, los mecanismos necesarios para 156 reducir las velocidades, mejorar las zonas de resguardo y coadyuvar en la provisión de servicios públicos.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de agosto de 2023. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.