Artículo 337. Lineamientos. 1. El Gobierno del Estado deberá emitir los lineamientos para cada ejercicio fiscal que regulen el otorgamiento de los apoyos respectivos, los cuales deberán identificar la población objetivo, el propósito o destino principal y la temporalidad de su otorgamiento, así como los mecanismos de distribución, operación y administración de los subsidios, deberán garantizar que los recursos se entreguen a la población objetivo y reduzcan los gastos administrativos del programa correspondiente.
Artículo 337
TÍTULO DÉCIMO
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de agosto de 2023. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
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