Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 69

TÍTULO TERCERO

Artículo 69. Bases. 1. Los ámbitos de competencia del Estado y del municipio en materia de movilidad y transporte, se integrarán y delimitarán conforme a las siguientes bases: I. Corresponde al Estado: a) La formulación y conducción de la política estatal de movilidad, seguridad vial y transporte; b) La expedición, en conjunto con los municipios en el ámbito de su jurisdicción, de las normas generales de carácter técnico en las materias objeto de esta Ley; c) El otorgamiento y registro de concesiones, autorizaciones, permisos, vehículos, personas conductoras y operadoras, para su identificación y la certificación de derechos; d) La programación, construcción y administración de la infraestructura carretera y de la infraestructura y equipamiento vial, así como la reglamentación y control de la movilidad; e) La regulación y administración del tránsito con la intervención de los ayuntamientos, cuando los programas y acciones afecten dos o más municipios de la Entidad, cuando no estén asociados en instancias de coordinación metropolitana para estos fines; y f) La regulación y administración del transporte. 81 II. Corresponde al Municipio: a) Intervenir, conjuntamente con el Ejecutivo, en la formulación y aplicación de programas de transporte público, cuando éstos afecten su ámbito territorial; b) Autorizar los proyectos de infraestructura vial, infraestructura carretera y equipamiento vial, en lo relativo a su territorio, a su localización y aprovechamiento de áreas, conforme a las normas aplicables de carácter técnico y de ordenamiento territorial; c) Integrar y administrar la infraestructura vial; y d) Reglamentar y controlar el tránsito en los centros de población que se localicen en su territorio, así como autorizar o negar cierres viales en coordinación con la policía vial en función de los convenios que se establezcan.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de agosto de 2023. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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