Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 191

TÍTULO OCTAVO DEL SISTEMA ESTATAL DEL TRANSPORTE · CAPÍTULO I DEL SISTEMA ESTATAL DE TRANSPORTE

Artículo 191. Para efectos del artículo anterior la inspección de los vehículos del servicio del Sistema Estatal de Transporte deberá cumplir con las siguientes fases:

1. Revista física mecánica;

2. Supervisión de unidades del servicio; y,

3. Operativos ordinarios y extraordinarios.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de agosto de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: so.secoem.michoacan.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.