Artículo 263. Estarán impedidos para obtener permisos, quienes se encuentren dentro de los supuestos de impedimentos para las concesiones que se mencionen en la presente Ley, el Reglamento y demás disposiciones normativas aplicables.
Artículo 263
TÍTULO OCTAVO DEL SISTEMA ESTATAL DEL TRANSPORTE · CAPÍTULO VI DE LAS CONCESIONES, PERMISOS Y CONSTANCIAS
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de agosto de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: so.secoem.michoacan.gob.mx.
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