Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos · Morelos

Artículo 139

TÍTULO OCTAVO · CAPÍTULO IV

Artículo 139. Todo vehículo destinado al servicio de transporte público, privado, particular, de carga, de ERT o VCA, deberá someterse a una revisión anual de sus condiciones físico-mecánicas en los centros autorizados por la Coordinación General o bien en las delegaciones habilitadas para tal efecto. Dicha verificación será requisito indispensable para la renovación de la tarjeta de circulación cuya emisión podrá ser física o digital, su modalidad y demás requisitos del refrendo anual, así como los requerimientos para su registro en el Sistema Estatal de Información de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial, y su circulación en el estado serán establecidos en el Reglamento. Es responsabilidad de los propietarios de vehículos proporcionar información completa, veraz y correcta para la adecuada integración y registro de sus unidades en el Registro Público Vehicular (REPUVE). Dicha revisión se enfocará en el estado de los sistemas de frenos, suspensión, dirección, llantas, luces y estructura del vehículo. La Coordinación General, estará facultada para los siguientes preceptos: I. En coordinación con las autoridades competentes, implementar operativos para la supervisión de peso y dimensiones de los vehículos de carga en las vías de jurisdicción estatal, a fin de prevenir daños a la infraestructura y reducir riesgos de siniestralidad, y II. A través de sus inspectores o supervisores, tendrá la facultad de retirar de la circulación de forma inmediata y remitir al depósito vehicular a cualquier unidad de transporte público que presente fallas sustanciales que pongan en riesgo la seguridad de las personas usuarias, o que no acrediten la documentación correspondiente al momento de la revisión, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de esta Ley, sin perjuicio de las sanciones que correspondan a la persona concesionaria.

Última reforma de esta ley incorporada: 23 de abril de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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