Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos · Morelos

Artículo 31

TÍTULO SEGUNDO · CAPÍTULO I

Artículo 31. Se crea el Sistema Estatal como un mecanismo de coordinación, liderazgo y toma de decisiones estratégicas entre las autoridades estatales y municipales, para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política pública en la materia. Este Sistema establecerá canales de interacción permanente para la articulación de la política pública en la materia con la participación de los sectores social, privado y académico.

Última reforma de esta ley incorporada: 23 de abril de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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