Ley de Movilidad del Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 262

TÍTULO OCTAVO DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO · CAPÍTULO IX DE LOS HORARIOS E ITINERARIOS

Artículo 262. El enrolamiento es el mecanismo mediante el cual se establece y regula la alternancia de vehículos amparados por una concesión para operar en una ruta concesionada sin incrementar el número de vehículos autorizados.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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