Artículo 268. El sistema tarifario de transporte público deberá seguir los siguientes principios:
I. Ser claro para todos los usuarios y pasajeros;
II. Simple en su modelo de administración;
III. Permitir la reducción de los tiempos de abordaje;
IV. Asegurar los mecanismos de control y vigilancia;
V. Claridad en el manejo de los recursos;
VI. Permitir la planeación de viajes y la generación de datos;
VII. Minimizar los costos de operación, y 108
VIII. Maximizar el retorno de las inversiones.