Artículo 231. En contra de los actos o resoluciones que dicte la Autoridad en aplicación a esta Ley, su Reglamento y disposiciones que de ella emanen, los afectados podrán, de manera optativa, interponer el recurso de inconformidad a que se refiere este Capítulo, o acudir al Tribunal de Justicia Administrativa.
Artículo 231
TÍTULO DÉCIMO CUARTO 143 · CAPÍTULO SEGUNDO
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: hcnl.gob.mx.
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