Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 186

TÍTULO SEXTO DE LA EXTINCIÓN DE LAS CONCESIONES Y PERMISOS ESPECIALES · CAPÍTULO I DE LA EXTINCIÓN

Artículo 186. Se consideran causas de extinción de las concesiones y permisos especiales:

I. La expiración del plazo o la renovación que en su caso se hubiere otorgado;

II. La caducidad, revocación o cancelación;

III. La renuncia del titular de la concesión;

IV. La desaparición de la necesidad del servicio público que motivo de la concesión;

V. La quiebra, liquidación o disolución, en caso de personas morales;

VI. La muerte del titular de la concesión, salvo las excepciones previstas en la presente Ley;

VII. Declaratoria de intervención;

VIII. Que el concesionario cambie su nacionalidad mexicana, y

IX. Las causas adicionales establecidas en este ordenamiento y demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: oaxaca.gob.mx.

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