Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 58

TÍTULO QUINTO REGLAS GENERALES DEL TRANSPORTE · CAPÍTULO I REGLAS GENERALES

Artículo 58 . Los vehículos del servicio de transporte deberán contar con póliza de seguro vigente para proteger y asegurar la vida de sus usuarios y su carga, del conductor y de terceros, así como Decreto 634 Página 36

H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca

LXIV Legislatura Constitucional

DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y GACETA PARLAMENTARIA para responder por los daños que pudieran ocasionarse por accidentes ocurridos durante la prestación del servicio.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: oaxaca.gob.mx.

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