Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 172

TÍTULO SÉPTIMO PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES · CAPÍTULO IV DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD

ARTÍCULO 172. Los particulares afectados por el acto administrativo de infracciones de las autoridades en vías de jurisdicción estatal podrán interponer recurso de inconformidad ante la autoridad ejecutora de dicha sanción acorde con lo dispuesto en este Capítulo y en el reglamento correspondiente.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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