Artículo 128. Los derechos amparados en esta Ley son personalísimos, inalienables e inembargables y no generan derechos reales de ninguna clase a favor de su titular. (Ref. P. O. No. 31, 27-V-16) Los actos mediante los cuales pretendan gravarse o enajenarse los derechos derivados de esta Ley, así como las placas de circulación del vehículo amparado por los títulos expedidos serán nulos y no producirán efecto legal alguno. (Ref. P. O. No. 31, 27-V-16)
Artículo 128
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.