Artículo 151. La determinación de una necesidad inmediata o emergente de servicio, requiere de un estudio técnico realizado por el Instituto. (Ref. P. O. No. 33, 5-VII-13)
Artículo 151
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
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