Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 226

Artículo 226. La resolución administrativa deberá establecer claramente la responsabilidad o no responsabilidad del probable infractor, la sanción aplicable, así como su monto o duración, en su caso.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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